Sobre los actos violatorios del derecho internacional por parte del gobierno de Ecuador contra la sede diplomática de México
Desde el Grupo de Trabajo CLACSO Pensamiento jurídico crítico y conflictos sociopolíticos, expresamos nuestro enfático repudio a la irrupción militar-policial del gobierno de Ecuador encabezado por Daniel Noboa a la sede diplomática de México en dicho país, por constituirse en una grave violación del derecho internacional, especialmente la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas en su artículo 22 en el que se establece “que los locales de la misión son inviolables (…) los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”. Por su parte, también se violó la disposición del mismo artículo que establece que “el Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad”.
Además, resulta central resaltar que, conforme al artículo IV de la Convención sobre asilo diplomático de la Organización de Estados Americanos (Convención de Caracas) de la cual tanto Ecuador como México son parte, “corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución”. Al Estado mexicano le corresponde la valoración para determinar si los motivos de la persecución de la persona asilada eran políticos o no. En caso de no estar de acuerdo— si se hubieran respetado las bases mínimas del derecho internacional— el estado ecuatoriano debió activar los canales previstos en el propio Derecho Internacional para cuestionar el asilo conferido, pero de ninguna forma estaría justificado irrumpir —como se hizo— en la sede diplomática mexicana para privar de la libertad a una persona protegida por el asilo de México.
Nunca en la historia de las relaciones diplomáticas entre los dos países se había violentado a este punto el marco jurídico internacional. Sin embargo, este acto ilegal y violatorio del estado de derecho por parte del Gobierno ecuatoriano se inscribe en una tendencia mundial de debilitamiento al derecho internacional que incluye los actos criminales que los gobiernos de Estados Unidos e Israel han estado cometiendo contra el pueblo palestino en la Franja de Gaza.
Nuestro total apoyo y solidaridad con el cuerpo diplomático mexicano y con el pueblo ecuatoriano, quien ha sufrido años de crisis política irresuelta, violaciones sistemáticas a los DDHH y quien se encuentra en estos momentos viviendo los efectos de la militarización tras la declaratoria de “conflicto armado interno”.
Afirmamos nuestro compromiso de acompañar sus luchas por lograr un futuro gobierno de valores democráticos anti-opresivos, respeto, dignidad y soberanía.
9 de abril de 2024
Grupo de Trabajo CLACSO
Pensamiento jurídico crítico y conflictos sociopolíticos
Este texto expresa la posición del Grupo de Trabajo CLACSO Pensamiento jurídico crítico y conflictos sociopolíticos y no necesariamente la de los centros e instituciones que componen la red internacional de CLACSO, su Comité Directivo o su Secretaría Ejecutiva.
